¿Cuáles son las manifestaciones afectuosas que una institución educativa tiene el derecho a prohibir según el marco legal que rige y controla los manuales de convivencia en Colombia?
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Respuesta
Si bien no existe una ley que especifique cuales son las manifestaciones de afecto que un manual de convivencia puede prohibir, si se establece que estos deben estar construidos de acuerdo con lo establecido en la Ley 1620 del 2013, la cual establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar que tiene como objetivo promover respeto y ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, además de prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
La ley también establece que los manuales de convivencia deben ser construidos, evaluados y actualizados por la comunidad educativa en conjunto con los estudiantes y padres de familia por medio de herramientas que partan del fortalecimiento del autoestima y el respeto mutuo. Esto con el fin de hacer de las instituciones educativas sean escenarios propicios para que se pueda dar un libre desarrollo de la personalidad, respetar la diversidad, solucionar los conflictos de manera pacífica y evitar situaciones que puedan vulnerar los derechos de dicha comunidad.
Recuerda que al hacer parte de un colectivo educativo tu también debes velar por una convivencia escolar agradable para todos. Según lo amparado por el Código Nacional de Policía llevar acabo actos sexuales o de exhibicionismo en lugares públicos puede generar molestias en la comunidad. Pero también es importante que si sientes que una corrección disciplinaria por algunas manifestaciones de afecto y cariño que no configuren actos sexuales o de exhibicionismo pasa a la persecución recurras Comité escolar de convivencia.
Para mayor información te invitamos a consultar los siguientes enlaces: